Desayuno de la CCBE - Moneda Única

La CCBE trató en uno de los más recientes desayunos, junto con el despacho Squire paton Boggs, dos cuestiones específicas de interés para las empresas españolas: (i) la tributación derivada de la facturación de servicios entre España y Brasil y (ii) el tratamiento fiscal en España de los “juros sobre capital propio” brasileños.

En relación con la primera cuesitón, se explicó el cambio de posición de la Receita Federal respecto a la aplicación de los convenios para evitar la doble imposición en línea con las directrices de la OCDE. Este nuevo tratamiento fiscal, que ha sido confirmado por los tribunales brasileños, permite a las empresas españolas soportar una menor retención en los pagos recibidos de Brasil por prestaciones de servicios y abre la vía a presentar reclamaciones por el exceso de retenciones aplicado en años anteriores.

Respecto al segundo tema, se realizó un repaso de la jurisprudencia española más reciente sobre el tratamiento dado a los “juros” en España como intereses (sometidos a tributación) o como dividendos (exentos).

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